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Medidas paterno-filiales

Modificación de custodia de hijo menor establecida en divorcio antes de prorrogarse su patria potestad

Medidas paterno-filiales

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la decisión de cambiar la custodia de un hijo, que antes estaba solo con la madre, a un sistema de custodia compartida entre ambos padres. Además, se ha decidido que ya no es necesario que el padre pague una pensión alimenticia, ya que cada progenitor asumirá los gastos del hijo durante el tiempo que conviva con él. Esta decisión se ha tomado después de escuchar al propio hijo y de contar con un informe pericial favorable, estableciendo un periodo de adaptación de seis meses para que todos se acostumbren al nuevo sistema.

La madre recurrió la decisión alegando que el padre no podría atender adecuadamente las necesidades especiales del hijo, pero tanto el juzgado como la Audiencia Provincial consideraron que ambos padres están capacitados y que la custodia compartida es lo mejor para el hijo. El TS también ha rechazado el recurso de la madre, señalando que se ha valorado correctamente la voluntad del hijo y el informe pericial.

Un aspecto importante de este caso es que, aunque la patria potestad prorrogada (una figura legal que permitía a los padres seguir tomando decisiones por hijos mayores de edad con discapacidad) ya no existe tras una reforma legal, por lo que el TS ha ordenado que se comunique esta sentencia al juzgado que la concedió, para que revise la situación conforme a la nueva normativa. En definitiva, el Tribunal ha dado prioridad al bienestar del hijo y a la adaptación de las medidas legales a los cambios en la ley.

En situación de conflicto en el ejercicio de la patria potestad entre progenitores o de cualquiera de ellos con los hijos menores de edad, nuestros profesionales sabrán proporcionarle adecuado asesoramiento y defensa de sus intereses y el de sus hijos

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